Hace pocos días,
Internet Advertising Bureau (IAB) advertía, sin embargo, mediante una nota de prensa que, si esta normativa sigue adelante, dañará todo el conjunto del
sector digital y acabará teniendo un impacto negativo tanto en los
medios de comunicación como en la vida cotidiana de los consumidores.
Así pues, lo que parece una mejora para los consumidores puede acabar teniendo el efecto contrario. Este reglamento pretende acabar con el sistema actual basado en cookies, que rastrean tu actividad para ofrecerte contenidos lo más personalizados posible. Estos dispositivos de almacenamiento, necesarios para el funcionamiento de la publicidad digital entendida como hasta ahora, deberán ser activados por los usuarios de forma voluntaria, ya que, por defecto, el navegador no estará configurado para aceptarlos. La industria del sector cree que pocos usuarios lo acabarán haciendo por diferentes motivos, ya sean éticos, por desconocimiento o por pereza.
De este modo, toda la publicidad digital que se basa en este sistema, como la publicidad programática o la display, se verá afectada. Además de acabar con parte de este tipo de negocio publicitario, lo más preocupante es que muchos de los medios más minoritarios que conseguían subsistir gracias a estos ingresos publicitarios se verán gravemente afectados y deberán cerrar. De este modo parece que solo los grandes grupos mediáticos podrán subsistir, dejando poco margen a las opiniones más minoritarias que enriquecen el debate público. A nivel del consumidor, este también dejará de tener el acceso gratuito a muchos de los servicios que tiene actualmente a su alcance y que se financian gracias a la publicidad, ya sean páginas web o apps.
Según
ASS PLUS, expertos en
protección de datos, los cambios más significativos de esta nueva medida son:
- Ámbito de aplicación: Se amplía el concepto de dato personal, de manera que toda la información (con excepciones muy limitadas) caerá dentro del ámbito de aplicación de la nueva ley. Esto incluye los «identificadores únicos» como cookies, dirección IP y otros identificadores.
- Consentimiento: El nuevo reglamento permite diversas formas de tratar los datos personales. Esto incluye la legitimación a través de un contrato del afectado. También se pueden tratar datos con el consentimiento inequívoco del usuario o cuando haya interés legítimo para el tratamiento. El tratamiento de datos sensibles o las decisiones automatizadas basadas en la creación de perfiles deberán exigir siempre un consentimiento expreso.
- Elaboración de perfiles: Toda persona tiene derecho a que no se haga un perfil que cause efectos legales o que le concierna de manera significativa. Solo se podrán elaborar perfiles si hay un contrato y se salvaguardan los intereses legítimos de la persona o si ha dado su consentimiento expreso.
- Delegados de protección de datos: Todas las organizaciones que traten datos personales que requieran un seguimiento periódico y sistemático de los interesados a gran escala deberán contar con un delegado de protección de datos.
- Más derechos: Estas medidas suponen más derechos, como el derecho a la portabilidad, el derecho al olvido integrado en el derecho a la cancelación o la supresión de datos.
- Incremento de las sanciones: Se establece un régimen de protección de datos más estricto en todos los mercados de la Unión Europea y multas más severas para las infracciones, pudiendo llegar a veinte millones de euros o al 4 % de la facturación general anual.
Cita recomendada
MONTAÑA BLASCO, Mireia. ¿Se está acabando el negocio publicitario digital? COMeIN [en línea], diciembre 2017, núm. 72. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/c.n72.1775