¿Es una cuestión de dejadez o de desinformación? Cuando publicamos la foto de alguien en redes sociales, ¿pensamos antes en cómo puede afectar dicha publicación a la reputación de esa persona? ¿Tenemos asimilado el concepto de que la imagen también es información? ¿Contamos con formación suficiente para abordar este tema de manera ética? La profesora e investigadora María del Carmen Cruz aborda la problemática desde un punto de vista ético y legal en este artículo.
La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, recoge diversos aspectos que nunca deberíamos perder de vista a la hora de publicar una fotografía en redes sociales. Así, por ejemplo, nos previene contra las tres malas prácticas que destacamos a continuación:
- La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.
- La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
- La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Sin embargo, raramente tenemos en cuenta estos preceptos cuando publicamos en redes sociales. Además de las cuestiones planteadas en la introducción de este artículo, podríamos formularnos muchas más. ¿Pedimos autorización a las personas cuya imagen aparece en la foto publicada? ¿Y si lo que aparece es algún elemento que permite desvelar su identidad?
Cada día llegan a nuestras redes sociales fotografías o vídeos que consumimos a tal velocidad y con tal avidez que, a menudo, pasamos directamente a juzgar, sin ser conscientes de que esas grabaciones o imágenes pueden estar sacadas de un contexto con el único objetivo de maximizar el número de likes obtenido.
¿Se tienen en consideración estos aspectos en nuestras redes sociales? ¿O, por el contrario, se explota el hecho de que cualquier imagen publicada de personas cercanas acabará recibiendo más likes cuanto más comprometa su imagen o reputación?
Como sociedad en general, nos estamos imponiendo la losa de estar activas o activos en las redes sociales. Ello comporta una obligatoriedad bastante estresante de divulgar información de manera continua. Además, a menudo se hace sin ninguna formación previa del qué, el cómo y el cuándo debería llevarse a cabo.
La pregunta clave es: ¿nos interesa tener dicha formación? ¿O acaso tenerla va a suponer un impedimento a la hora de sumar amig@s virtuales? Porque si es así, seguro que hay quien piensa: «¡Que le den! A mí lo único que me importa es el número de likes».
Cita recomendada
CRUZ, María del Carmen. «¡Lo que me importa es el número de ‘likes’!». COMeIN [en línea], febrero 2021, no. 107. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/c.n107.2108
Ha sido profesora de Información y Documentación en la UOC