Número 143 (mayo de 2024)

TikTok Lite y el valor de la atención y la interacción

Silvia Martínez Martínez

La puesta en marcha de la aplicación TikTok Lite en Francia y España ha generado numerosos titulares. La reacción de la Unión Europea solicitando un informe de riesgos a la compañía terminó derivando en la suspensión del programa de recompensas en un tiempo récord después de su lanzamiento. Pero, detrás de la polémica generada, subyacen otras cuestiones como la reflexión sobre el valor de nuestro tiempo de conexión y participación en estos entornos sociales.

Solo unos días: ese es el periodo que ha estado disponible el programa de recompensas de Tiktok Lite en España y Francia. Esta aplicación ofrece un servicio muy similar al de su homónima TikTok con algunas ventajas añadidas a las funcionalidades de «pago» por ciertas tareas realizadas (y lo de entrecomillar pago es con toda la intención, dado que lo que plantea es ir sumando puntos con la posibilidad de intercambiarlos por vales, tarjetas regalo o monedas de TikTok). Así, cabe destacar que, entre las oportunidades que ofrece TikTok Lite, se encuentran aquellas que tienen que ver con la propia experiencia de reproducción, ya que permite acceder a los contenidos de manera más rápida y con menor consumo de datos (solo con algunas restricciones como la consulta de directos o la limitación en algunas opciones de edición). Sin embargo, la nueva extensión de la plataforma de videos breves, que nos apela con su lema «explora y apoya», se ha popularizado por su programa de recompensas, una acción que se suma a otras iniciativas ya emprendidas por la compañía como la que permite recibir regalos de los usuarios de un live. Pero, si hasta ahora los que podían explorar con las posibilidades de monetización o de obtener ciertas compensaciones por los contenidos eran los creadores de videos, este desarrollo ha llevado a poner el foco en el que los reproduce e interactúa con ellos, en el que opera con un rol de consumidor (activo o no).

 

Mientras la aplicación, que se puede seguir descargando, se muestra disponible para usuarios de 13 años, las opciones de recompensa solo se permitían para los mayores de 18. El programa se presentaba de lo más goloso, pues se podían conseguir estas ventajas por hacer algo que de normal un usuario ya hace: conectarse, ver vídeos, valorarlos... La impresión es que por no realizar un esfuerzo excepcional, se podría ser doblemente recompensado, pues a la satisfacción que ya se obtiene por ver estos videos y participar en la comunidad se añade la compensación adicional de la plataforma. Ante este panorama, y en aplicación de la normativa de Servicios Digitales, la Comisión Europa reclamaba ya a mediados de abril el informe sobre riesgos que debería haberse presentado antes del lanzamiento, y pone el foco en temas potencialmente problemáticos como la protección de los menores o de la salud mental. Solo unos días después de ese anuncio, se confirmaba el inicio de un segundo procedimiento formal contra TikTok. El primer procedimiento, comunicado en febrero, incluye, además de estas cuestiones, otras referidas, por ejemplo, a la transparencia.

 

La reacción de TikTok frente a esta segunda actuación ha sido la de suspender el programa de recompensas de su versión Lite.

 

Comunicado de TikTok en X

Fuente: @TikTokPolicyEUR

 

Las dinámicas de funcionamiento de las plataformas sociales en el foco

 

Y aunque todos estos acontecimientos han reabierto varias polémicas (marcos regulatorios y medidas restrictivas, acceso y uso por parte de menores de servicios digitales no destinados a ellos, adicción a redes sociales...) sobre las que se podría escribir mucho, aquí ponemos foco en lo que se evidencia con respecto a las dinámicas de funcionamiento de las plataformas sociales. Y es que en muchos casos seguimos siendo testigos de cómo lo cuantitativo impera en un sector en el que parece que el valor viene de la mano del número de descargas, usuarios registrados, usuarios activos, tiempo de conexión, volumen de interacciones o seguidores acumulados. Así lo seguimos descubriendo en informes de resultados donde las compañías, además de cifras de negocio, siguen anotando estos valores. Por citar un ejemplo, podemos ver en las cifras presentadas por Meta a propósito del cierre del año 2023 cómo se destacan algunos de estos datos.

 

Y aunque a veces influencers y plataformas intentan demostrar el valor de su comunidad, si analizamos lo que premia el programa de puntos ahora suspendido, observamos algunas de las acciones clave para la plataforma en función a cómo las traduce en puntos. Así, solo por mencionar algunos casos, entre las actuaciones recompensadas se incluían conectarse varios días consecutivos, valorar positivamente videos o atraer a nuevos usuarios a la plataforma, siendo esta una acción con alta recompensa en comparación al resto. Pero en realidad, la equiparación de estos puntos a los euros que pueden representar lleva a hablar de una compensación prácticamente anecdótica para la mayor parte de los actos desarrollados y nos sitúa ante la gran paradoja con referencia al valor de la atención y la participación. Además, este sistema en cierto modo puede pervertir las dinámicas de conexión o interacción, pues nada asegura que el usuario ofrezca un «me gusta» a un vídeo que realmente haya visualizado o le haya agradado, o que en realidad lo haga simplemente para acumular puntos. Lo mismo con respecto al hecho de conectarse cada día, pues entrar en la aplicación no garantiza que se haga por un interés en descubrir contenidos o en su lugar se haga por sumar la recompensa ofrecida. En cierto modo, se convierte en un tipo de «actuación inducida» y distorsiona los resultados, en especial en relación con cuestiones como la atención o el engagement. Cuestiones que son clave para agentes con su mirada puesta en estos entornos como las marcas o los anunciantes.

 

En definitiva, queda mucho terreno por avanzar para considerar y cuidar algo único y de gran valor como nuestra atención y nuestras interacciones.

 

Citación recomendada

MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Silvia. «TikTok Lite y el valor de la atención y la interacción». COMeIN [en línea], mayo 2024, no. 142. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/c.n143.2433

medios sociales;  cultura digital;  régimen jurídico de la comunicación;